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sábado, 14 de enero de 2012

Pequeños grandes delincuentes


Por: Juan Pablo Gutiérrez Alzate - @elmiquitojpg


Las redes sociales nos permiten interactuar con millones de personas de todas las posiciones, creencias y lugares. Bien utilizadas, se pueden convertir en herramientas que estimulen la creatividad, y sobre todo, mediante las cuales se plantean temas y se abordan debates interesantes sobre asuntos de todos los pelambres.

Fue así como esta semana, exactamente el 11/01/2012, sostuve una respetuosa diferencia con el Ingeniero César Duque, a través de nuestras respectivas cuentas de Twitter, @ingcesarduque la suya, y @elmiquitojpg la mía. Todo comenzó con un trino suyo que decía: “@ingcesarduque Hay que cambiar la legislación Colombiana para que los menores dejen de salir impunes cuando comenten un crimen”.

De este trino surgió uno de mi autoría en el que yo recordaba la existencia de un Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes y la Adhesión de Colombia a Tratados Internacionales que prohíben penalizar a los menores de edad, y entre trino y trino, se me ocurrió que 140 caracteres no eran suficientes para abordar este tema, que por su incidencia en la cotidianidad, tiene porqué preocupar a todo el país.

El enfoque del asunto es complejo, partiendo en primera medida del hecho que este tema no se trata simplemente de Derecho Penal, sino que requiere de un enfoque multidisciplinario, por la sencilla razón que los menores, por serlo, se encuentran en una situación de especial vulnerabilidad frente a los efectos de las circunstancias que los rodean.

Es decir, el menor es más susceptible frente a las condiciones en las cuales se encuentra y más fácil de manipular que los mayores. Más o menos eso diría Rousseau al afirmar que “(E)l hombre es naturalmente bueno, es la sociedad que lo corrompe” en El Contrato Social.

Esta presunción es la fuente del amparo especial que tienen los menores en general, y de las especiales condiciones en las que se adelanta su tratamiento penal en particular.

Desde el enfoque del Derecho Penal, cabe recordar la labor de las penas. El artículo 4 de la Ley 599 de 2000 (Código Penal) afirma lo siguiente: La pena cumplirá las funciones de prevención general, retribución justa, prevención especial, reinserción social y protección al condenado (Cursiva y Negrita nuestras). Valga acotar que esta definición corresponde a la pena imputable a un adulto, y es ya benévola en sus fines; por su parte, en el espíritu de la Ley de Infancia y Adolescencia, que a su vez hace eco a lo dicho en la Constitución, se refiere la prevalencia de los Derechos de los Menores, como ya se enunció arriba.

A su vez la Política Criminal, comprendida como el conjunto de instituciones y programas tendientes a la disminución de la delincuencia, no puede ser ajena a esta situación que, por su incidencia es motivo de alerta para las autoridades y la ciudadanía. El ver a niños y jóvenes cada vez más involucrados en conductas delictivas, en varios casos de alto impacto, como le homicidio y el hurto agravado, hace cuestionar a muchos ciudadanos sobre la oportunidad de las gabelas que enunciábamos arriba, como es el caso del Twittero @ingcesarduque.

No deja de sorprender el nivel de frialdad al que llegan estos pequeños, que los convierte en grandes delincuentes, que ejecutan con precisión las órdenes de aquellos que saben que al convertirlos en medios para sus fútiles fines, se aseguran la impunidad.

Porque ahí está el quid del asunto de la delincuencia infantil que a tantos, entre ellos yo, asombra. Los niños y jóvenes no delinquen, en su gran mayoría, por un deseo personal de causar daño, sino más bien movidos, mejor, utilizados, por adultos que se aprovechan de su vulnerabilidad y de sus necesidades para que ejecuten esas conductas.

Estoy convencido que siempre se puede optar por el bien, sin embargo, esa íntima convicción que tengo debe ser fruto de las circunstancias en las que he vivido, que me permiten distinguir con facilidad el bien del mal, y optar como opción natural por el primero, pero, y esto es algo que atañe también a la sociología jurídica como auxiliar de la Política Criminal, las condiciones de miseria (no sólo material) y de descomposición de nuestra sociedad, hacen que la transmisión de ese mensaje sea cada vez más difícil. Cabe acá recordar que en la comisión de los delitos, tenemos también nosotros, como sociedad, parte de la responsabilidad.

Es natural que una sociedad como la nuestra en la que el mal, que todos encontramos en la vida, y en la cual el mensaje contra el bien es constante, se enfrente con fenómenos como este; la tarea para remediarla requiere de una profunda transformación social, más allá que reformar el modelo de responsabilidad penal de los adolescentes, más que agravar las penas, es arreglar las personas… ¿Imposible?, No. ¿Difícil?, sin dudas.