Por: Juan Pablo Gutiérrez Alzate
- @elmiquitojpg
Las redes sociales nos permiten
interactuar con millones de personas de todas las posiciones, creencias y
lugares. Bien utilizadas, se pueden convertir en herramientas que estimulen la
creatividad, y sobre todo, mediante las cuales se plantean temas y se abordan
debates interesantes sobre asuntos de todos los pelambres.
Fue así como esta semana,
exactamente el 11/01/2012, sostuve una respetuosa diferencia con el Ingeniero
César Duque, a través de nuestras respectivas cuentas de Twitter, @ingcesarduque
la suya, y @elmiquitojpg la mía. Todo comenzó con un trino suyo que decía:
“@ingcesarduque Hay que cambiar la legislación Colombiana para que los menores
dejen de salir impunes cuando comenten un crimen”.
De este trino surgió uno de mi
autoría en el que yo recordaba la existencia de un Sistema de Responsabilidad
Penal para Adolescentes y la Adhesión de Colombia a Tratados Internacionales
que prohíben penalizar a los menores de edad, y entre trino y trino, se me
ocurrió que 140 caracteres no eran suficientes para abordar este tema, que por
su incidencia en la cotidianidad, tiene porqué preocupar a todo el país.
El enfoque del asunto es
complejo, partiendo en primera medida del hecho que este tema no se trata
simplemente de Derecho Penal, sino que requiere de un enfoque
multidisciplinario, por la sencilla razón que los menores, por serlo, se
encuentran en una situación de especial vulnerabilidad frente a los efectos de
las circunstancias que los rodean.
Es decir, el menor es más
susceptible frente a las condiciones en las cuales se encuentra y más fácil de
manipular que los mayores. Más o menos eso diría Rousseau al afirmar que “(E)l
hombre es naturalmente bueno, es la sociedad que lo corrompe” en El Contrato Social.
Esta presunción es la fuente del
amparo especial que tienen los menores en general, y de las especiales
condiciones en las que se adelanta su tratamiento penal en particular.
Desde el enfoque del Derecho
Penal, cabe recordar la labor de las penas. El artículo 4 de la Ley 599 de 2000
(Código Penal) afirma lo siguiente: La
pena cumplirá las funciones de prevención
general, retribución justa, prevención especial, reinserción social y protección al condenado (Cursiva y Negrita
nuestras). Valga acotar que esta definición corresponde a la pena imputable a
un adulto, y es ya benévola en sus fines; por su parte, en el espíritu de la
Ley de Infancia y Adolescencia, que a su vez hace eco a lo dicho en la
Constitución, se refiere la prevalencia de los Derechos de los Menores, como ya
se enunció arriba.
A su vez la Política Criminal,
comprendida como el conjunto de instituciones y programas tendientes a la
disminución de la delincuencia, no puede ser ajena a esta situación que, por su
incidencia es motivo de alerta para las autoridades y la ciudadanía. El ver a
niños y jóvenes cada vez más involucrados en conductas delictivas, en varios
casos de alto impacto, como le homicidio y el hurto agravado, hace cuestionar a
muchos ciudadanos sobre la oportunidad de las gabelas que enunciábamos arriba,
como es el caso del Twittero @ingcesarduque.
No deja de sorprender el nivel de
frialdad al que llegan estos pequeños, que los convierte en grandes
delincuentes, que ejecutan con precisión las órdenes de aquellos que saben que
al convertirlos en medios para sus fútiles fines, se aseguran la impunidad.
Porque ahí está el quid del
asunto de la delincuencia infantil que a tantos, entre ellos yo, asombra. Los
niños y jóvenes no delinquen, en su gran mayoría, por un deseo personal de
causar daño, sino más bien movidos, mejor, utilizados, por adultos que se
aprovechan de su vulnerabilidad y de sus necesidades para que ejecuten esas
conductas.
Estoy convencido que siempre se
puede optar por el bien, sin embargo, esa íntima convicción que tengo debe ser
fruto de las circunstancias en las que he vivido, que me permiten distinguir
con facilidad el bien del mal, y optar como opción natural por el primero,
pero, y esto es algo que atañe también a la sociología jurídica como auxiliar
de la Política Criminal, las condiciones de miseria (no sólo material) y de descomposición
de nuestra sociedad, hacen que la transmisión de ese mensaje sea cada vez más
difícil. Cabe acá recordar que en la comisión de los delitos, tenemos también
nosotros, como sociedad, parte de la responsabilidad.
Es natural que una sociedad como la nuestra
en la que el mal, que todos encontramos en la vida, y en la cual el mensaje
contra el bien es constante, se enfrente con fenómenos como este; la tarea para
remediarla requiere de una profunda transformación social, más allá que
reformar el modelo de responsabilidad penal de los adolescentes, más que agravar
las penas, es arreglar las personas… ¿Imposible?, No. ¿Difícil?, sin dudas.
