jueves, 27 de enero de 2011

Doble instancia para los Congresistas: No, No y No

Por: Juan Pablo Gutiérrez Alzate - @elmiquitojpg



Uno de los pilares de la Democracia es la garantía que tienen los ciudadanos de tener un Juicio Justo, Imparcial, y que además pueda ser impugnado ante un superior funcional que pueda valorar las pruebas aportadas de otro modo, y así otro juez (o un tribunal) falle.

Esta es una de las garantías mínimas que debe tener toda Democracia, más allá de la simple realización de elecciones, como requisito formal de legitimación del poder, y con base en la cual Colombia afirma ser la Democracia más antigua de América Latina (sin comentarios). La Doble Instancia es un Derecho Fundamental.

Pero como ya lo anuncio en el título de esta entrada, mi posición frente este particular cuando se trata de los congresistas es opuesta.

¿Contradictorio el miquito?, pues a circunstancias iguales, tratamiento igual. Por eso no soy contradictorio, o alguien se atreverá a decir que los ciudadanos de a pie y los congresistas estamos en circunstancias iguales. Sólo comenzando con el salario que devengan, muy distinto al que devenga la mayoría de la población nacional[1], pero sobre todo y más importante, es la dignidad de mandatarios[2] del pueblo que ostentan, la que cambia radicalmente sus circunstancias frente a las nuestras.

Los Honorables Congresistas, Senadores y Representantes a la Cámara, invierten millones de pesos en sus campañas para hacerle elegir como tales, visitan capitales, pueblos, corregimientos y veredas, con la promesa de ser los portavoces de los menos favorecidos, habrán quienes cumplan y quienes no. Pero al resultar asistidos con el voto de sus conciudadanos, insisto, sus circunstancias cambian notablemente, se transforman ahora en apoderados de sus electores, en sus representantes, en modelos de ciudadanía. Su conducta, debe ser, por definición, mucho más pulcra y escrupulosa que la del resto de los ciudadanos.

Por otro lado, está el hecho que todos somos ciudadanos por el simple lapso del tiempo, sin que medie nuestra voluntad, a diferencia suya, que se han hecho elegir por su voluntad, pues no conozco de ningún caso de “Congresista a la Fuerza”, más allá de las cacariadas y veintejulieras frases de “¡Es mi deuda con la Patria!”, “¡Es mi deber frente a mis paisanos!”.

Pues así es, el Derecho Fundamental a la Doble Instancia se ve matizado por las circunstancias particulares  de los Honorables, además, por aquello casi olvidado en el gobierno pasado de las Reglas del Juego, quien se lance a la vida pública, está en la obligación de saber que esto no sólo[3] tiene como consecuencia abultados cheques a fin de mes, cuotas para aquello del “oxígeno burocrático”, sino también la adecuación de ciertas gabelas a sus particulares circunstancias.

En últimas el juzgamiento de los Congresistas en manos de la Corte Suprema de Justicia es un honor a la Democracia, es una muestra del valor que el Constituyente de 1991 quiso darle a la figura de los Parlamentarios, y del elevado concepto que de su función se tiene.

Así es que apreciados Congresistas, una vez más les digo, a la Doble Instancia: No, No y No.


[1] Ver la entrada “Qué tan mínimo es el Salario Mínimo”: http://tanlindoelmiquito.blogspot.com/2011/01/que-tan-minimo-es-el-salario-minimo.html
[2] 1. m. y f. Persona que ocupa por elección un cargo muy relevante en la gobernación y representación del Estado. Diccionario RAE
[3] El “sólo” está en desuso, sin embargo aún no ha sido prohibido expresamente por la RAE y lo seguiré usando hasta tanto esto no ocurra. 

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